Cuotas y procedimiento para tramitación de licencias federativas atletas y jueces temporada 2022

El comienzo de la nueva temporada marca los plazos para la expedición de licencias por la Federación de Atletismo de la Región de Murcia.

Ya podemos conocer toda la información necesaria en relación a la tramitación de licencias por la Federación de Atletismo de la Región de Murcia para atletas y jueces, de cara a la temporada 2022 que comprenderá del 1 de enero al 31 de diciembre del próximo año.

Se informa de que todas aquellas tramitaciones de renovación, alta y cambio de club de atletas habrán de realizarse un año más a través de los clubes mediante la nueva plataforma de licencias SDP de la RFEA (https://sdp.rfea.es/auth/login). Por su parte, los atletas independientes, jueces y entrenadores deben tramitar su licencia directamente desde la FAMU.

PLAZOS DE ALTA, RENOVACIÓN Y CAMBIO DE CLUB
ATLETAS Y JUECES
RENOVACIONES
Del 25 de noviembre al 10 de diciembre se podrán realizar las renovaciones y cambio de club (atletas) de las licencias nacionales de atletas y jueces. Pasado este plazo, la renovación tendrá un recargo de 33€ (salvo en el caso de atletas de categoría Sub16, Sub14, Sub12, Sub10 y Sub8, quienes podrán renovar en cualquier momento de la temporada sin recargo).

A partir del 25 de noviembre y a lo largo de toda la campaña 2022 podrán renovarse las licencias territoriales, a excepción de aquellas que supongan cambio de club, en cuyo caso deberán tramitarse del 25 de noviembre al 15 de diciembre. La documentación requerida para la tramitación de la licencia nueva o de la renovación ha de estar depositada en la FAMU cinco días antes de la primera competición del atleta o juez.

En el caso de aquellas licencias que, pasado el plazo de 15 días desde su tramitación, no se hubiera presentado la documentación que proceda (formulario de licencia, empadronamiento, permiso de residencia, etc.) serán denegadas y, en consecuencia, el afectado deberá iniciar de nuevo la tramitación de la licencia. Dicha documentación requerida y firmada digitalmente, podrá ser enviada por email a administracion@famu.es, y aquella documentación que no pueda ser firmada digitalmente ha de ser presentada en la FAMU por correo ordinario (FEDERACIÓN DE ATLETISMO DE LA REGIÓN DE MURCIA. Apartado de correos 4.177 – 30.008 MURCIA).

FORMALIZACIÓN DE LAS LICENCIAS FEDERATIVAS

LICENCIA NUEVA
Los clubes deberán dar de alta a sus atletas en la Plataforma de Licencias RFEA. Se considera también LICENCIA NUEVA aquellas que sean de cambio de club y/o tipo de licencia (territorial/nacional) y deberán cumplimentar y enviar a la FAMU la documentación requerida de licencia nueva.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
Los atletas de clubes FAMU, formulario de licencia nueva RFEA debidamente cumplimentado y firmado. No se tramitará ninguna licencia que no esté debidamente cumplimentada y firmada.

Los atletas independientes o de clubes NO FAMU para tramitar nueva licencia, deberán aportar el formulario de licencia nueva y la documentación requerida a FAMU por correo postal.

RENOVACIÓN
Los clubes deberán de renovar a sus atletas en la Plataforma de Licencias RFEA. Los clubes obligatoriamente deberán de actualizar en la Plataforma de Licencias SDP de la RFEA los datos de sus atletas (incluido el DNI de aquellos que ya lo tengan).

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
Los atletas de clubes FAMU que renueven licencia con su club, deberán cumplimentar el formulario de renovación de licencia. Dicho documento no deberá ser entregado a FAMU, sino que deberá de permanecer en poder del club pudiendo ser requerido por la RFEA para su comprobación, si se considerase oportuno.

Los atletas independientes o de clubes NO FAMU, para tramitar la renovación de su licencia, deberán aportar el formulario de renovación de licencia y la documentación requerida por correo postal a FAMU.

LICENCIA ATLETAS EXTRANJEROS
Los atletas extranjeros podrán tramitar licencia por un club o como independientes. Los atletas extranjeros, hasta la categoría Sub18 incluida, podrán tramitar licencia autonómica. Los atletas extranjeros Sub20 y superior categoría cuyas marcas personales sean inferiores a 950 puntos a la tabla de puntuación de la IAAF vigente podrán tramitar licencia autonómica.

Los atletas extranjeros que superen esa puntuación de 950 puntos de marca personal, tienen que tramitar la licencia estatal. Si un atleta obtiene una marca superior a dicha puntuación durante la temporada en curso deberá tramitar la licencia estatal en un plazo máximo de 30 días.

FOTOGRAFÍAS PARA LAS LICENCIAS FEDERATIVAS
En el caso de los atletas de clubes FAMU, sus clubes habrán de subir a la plataforma de licencias RFEA las fotografías de todos los atletas (nacionales y territoriales). No se enviará la licencia digital de aquel que no tenga foto y el correo electrónico correctamente indicado.

Para los atletas de clubes NO FAMU o independientes, será necesario enviar una fotografía a la FAMU, por correo electrónico. No se enviará la licencia digital de aquel que no tenga foto y el correo electrónico debidamente indicado. De la misma manera ocurrirá con los jueces, que también deberán enviar su foto a la FAMU por mail.

PAGO DE LAS LICENCIAS FEDERATIVAS
ATLETAS
En el alta nueva o renovación de las licencias de atletas, ya sea nacional o territorial el pago de la cuota RFEA y/o FAMU de las licencias tramitadas se cargarán directamente por domiciliación bancaria en la cuenta que el club haya indicado en la plataforma de licencias de la RFEA, por lo que no habrá que hacer ningún ingreso en la cuenta FAMU.

Una vez que se haya formalizado y validado la licencia, el club recibirá en los días siguientes un cargo en su cuenta por la cuota RFEA y otro por la cuota FAMU.

CLUBES
En el alta nueva o renovación de un club, ya sea nacional o territorial, el pago de la cuota RFEA y FAMU de la licencia se cargará directamente por domiciliación bancaria en la cuenta que el club haya indicado en la plataforma de licencias de la RFEA, por lo que no habrá que hacer ningún ingreso en cuenta FAMU.

Una vez que se haya formalizado y validado la licencia, el club recibirá en los días siguientes un cargo en su cuenta por la cuota RFEA y otro por la cuota FAMU.

JUECES Y ATLETAS INDEPENDIENTES
Deberán realizar el ingreso de la cuota de la licencia en la cuenta de la FAMU (ES36 3058 0422 2427 2000 5352 – CAJAMAR) y enviar a FAMU el justificante de ingreso junto con la documentación requerida para la tramitación de su licencia. En el concepto del ingreso deberá aparecer “nombre + tipo licencia (juez/atleta/ independiente)”.

DOCUMENTACIÓN ATLETAS EXTRANJEROS
La documentación de extranjeros habrá de ser presentada anualmente, en caso de desear renovar la licencia o tramitar un alta nueva.

ATLETAS DE UN ESTADO MIEMBRO DE LA UNIÓN EUROPEA

  1. Certificado de registro, de estar o haber solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros, o tarjeta de residencia de la Unión Europea.
  2. Certificado de empadronamiento de la Comunidad Autónoma por la que desee tramitar su licencia.

RESTO DE ATLETAS

  1. Tarjeta de identidad de extranjero
  2. Tarjeta de residencia en vigor
  3. Certificado de empadronamiento de la Comunidad Autónoma por la que desee tramitar su licencia.

En el caso de los atletas de 17 años o menos (categoría Sub18, Sub16, Sub14, Sub12, Sub10 y Sub8) será suficiente con el certificado de empadronamiento y documento acreditativo de la identidad del atleta.

Tienen toda la información disponible en esta circular.

Imagen: José Sánchez